Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Estatal y de los Municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:


Fracción I

En el caso del Poder Ejecutivo Estatal y los Municipios:

El Plan Nacional de Desarrollo, los planes estatales de desarrollo o el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda


El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados


  • Formato 1 Presupuesto de egresos
  • Formato 2 Egresos y fórmulas de distribución de los recursos otorgados

El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales


El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales


Los nombres de las personas a quienes se les habilitó para ejercer como corredores y notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado


Esta fracción no aplica a los Municipios (Ayuntamientos).

La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos de uso del suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales


  • Formato 1 Planes y/o programas de desarrollo urbano
  • Formato 2 Planes y programas de ordenamiento territorial
  • Formato 3 Planes y programas de ordenamiento ecológico
  • Formato 4 Tipos de uso de suelo
  • Formato 5 Licencias de uso de suelo
  • Formato 6 Licencias de construcción

Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones.




Fracción II

Adicionalmente, en el caso de los municipios:

El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los ayuntamientos


Las actas de sesiones de cabildo, los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones de cabildo y el sentido de votación de los miembros del cabildo sobre las iniciativas o acuerdos


  • Formato 1 Calendario de sesiones del Cabildo
  • formato 2 Sesiones celebradas del Cabildo

Los archivos digitales de las sesiones públicas ordinarias, extraordinarias, especiales o solemnes del Ayuntamiento.